Micelio

Artículo 36

Decreto 2805 de 2008 · por el cual se expide el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Licencias para programas informativos o periodísticos. Las licencias para la transmisión de programas informativos y periodísticos por el Servicio de Radiodifusión Sonora serán otorgadas por el Ministerio de Comunicaciones con sujeción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 74 de 1966. TITULO II DEL PLAN GENERAL DE RADIODIFUSION SONORA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2805 de 2008