Micelio

Artículo 4

Decreto 2687 de 1960 · Por medio del cual se determina, en forma parcial, el personal de planta del Ministerio del Trabajo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Los sueldos para el personal de las diversas dependencias de la Dirección del Ministerio y de las Ramas Técnica y Administrativa de que trata el presente Decreto, se continuarán pagando durante la vigencia en curso, afectando, en lo pertinente, los artículos 2600, 2616, 2632, 2650, 2692, 2664, 2677, 2708 y 2721 del Presupuesto vigente, y los concordantes sobre Prima de Navidad e indemnizaciones por vacaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2687 de 1960