Micelio

Artículo 50

Pequeña Propiedad Rural

Decreto 3496 de 1983 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 14 de 1983 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pequeña propiedad rural. Se entiende como pequeña propiedad rural a los predios ubicados en los sectores rurales de cada municipio, destinados a agricultura o ganadería y que por razón de su tamaño y el uso de su ganadería y que por razón de su tamaño y el uso de su suelo sólo sirvan para producir a niveles de subsistencia y en ningún caso sean de usos recreativos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3496 de 1983