Micelio

Artículo 12

Decreto 2514 de 1987 · por el cual se modifica el régimen jurídico de los Fondos Mutuos de Inversión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La asamblea de Miembros de un Fondo Mutuo de Inversión tendrá las siguientes funciones

1.

Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deban rendir los administradores.

2.

Elegir dos miembros de la Junta Directiva y sus respectivos suplentes.

3.

Elegir el Revisor Fiscal y su suplente.

4.

Considerar los informes de la Junta Directiva, del representante legal y del Revisor Fiscal sobre el estado de los negocios del Fondo.

5.

Examinar, cuando a bien tenga, directamente o por intermedio de una Comisión designada a tal efecto, los libros y papeles del Fondo.

6.

Decretar la disolución del Fondo.

7.

En caso de liquidación del Fondo, aprobar el inventario final y la cuenta de liquidación de cada uno de sus afiliados, y,

8.

Las demás consagradas por la ley o por sus estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2514 de 1987