Micelio

Artículo 3

La Promotora De Vacaciones Y Recreación Social "prosocial", De Conformidad Con Sus Normas De Creación Tiene Como Objeto La Promoción, Fomento Y Financiación De Programas Destinados, En General A Proporcionar Descanso Y Bienestar Adecuado A Los Asalariados Y Sus Familias, Procurándoles A Estas Sana Recreación Con El Fin De Preservar Y Mejorar Por Estos Medios Su Estado Físico Y Mental, Como Una Necesidad Para La Salud Integral De Quien Trabaja Y Produce

Decreto 3226 de 1981 · por el cual se aprueban los estatutos de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Promotora de Vacaciones y Recreación Social "Prosocial", de conformidad con sus normas de creación tiene como objeto la promoción, fomento y financiación de programas destinados, en general a proporcionar descanso y bienestar adecuado a los asalariados y sus familias, procurándoles a estas sana recreación con el fin de preservar y mejorar por estos medios su estado físico y mental, como una necesidad para la salud integral de quien trabaja y produce. Además promocionará las actividades deportivas y culturales como medio de recreación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3226 de 1981