Micelio

Artículo 43

Decreto 1830 de 1985 · Por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La devolución de depósitos bancarios hechos para la expedición de libretas de pasaportes que no hubieren sido utilizadas, deberán ser solicitadas al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha del depósito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1830 de 1985