ARTICULO 20 . División de Programas Regionales y Locales. - Corresponde a la División de Programas Regionales y Locales el ejercicio de las siguientes funciones
Identificar, participar, proponer y evaluar programas y proyectos comunitarios, locales o regionales, que contribuyan a la generación de empleo en coordinación con las dependencias Regionales del Ministerio;
Identificar, proponer, coordinar y evaluar proyectos comunitarios, locales o regionales orientados a enfrentar fenómenos cíclicos, temporales, estacionales o de emergencia, que afecten el respectivo mercado de trabajo en coordinación con las dependencias Regionales del Ministerio;
Identificar y fomentar el desarrollo de organizaciones comunitarias a través de las cuales pueda fortalecerse la creación de empleo, el aumento de la productividad y el ingreso, en forma coordinada con las dependencias Regionales del Ministerio;
Identificar requerimientos de recursos y de políticas de apoyo para organizaciones comunitarias, locales o regionales, y ponerlos en conocimiento de las entidades ejecutoras públicas y privadas, en coordinación con las dependencias del orden Regional del Ministerio;
Diseñar y proponer programas y proyectos para la atención al menor trabajador, en coordinación con las entidades ejecutoras de las políticas de los menores y evaluar su desarrollo en los niveles municipal, departamental o regional, en forma coordinada con las dependencias regionales del Ministerio;
Diseñar metodologías para la elaboración de proyectos de fomento al empleo y darlas a conocer a las autoridades municipales, departamentales, regionales o entidades interesadas en su desarrollo y ejecución;
Asesorar a organizaciones comunitarias, locales, municipales, departamentales o regionales en el diseño y ejecución de programas y proyectos que contribuyan a la generación de empleo, cuando esta labor no pueda desarrollarse a través de las dependencias Regionales del Ministerio;
Presentar a consideración de su superior inmediato, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia, en el año inmediatamente siguiente, y
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.