°. Corrígese el artículo 4° del Decreto número 0840 del 17 de enero de 2013, el cual quedará así: " Artículo 4°. Sede Notaría. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto-ley 960 de 1970, modificado por el artículo 44 del Decreto-ley 2163 de 1970 inciso 2°, la Superintendencia de Notariado y Registro mediante resolución determinará la sede específica para el funcionamiento de la Notaría Única de Necoclí".
Decreto 1473 de 2013 →Vigente
Artículo 1
Corrígese El Artículo 4° Del Decreto Número 0840 Del 17 De Enero De 2013, El Cual Quedará Así: " Artículo 4°
Decreto 1473 de 2013 · por el cual se corrige el artículo 4° del Decreto número 840 del 25 de abril de 2013.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.