Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos De Los Artículos 20 De La Ley 105 De 1927 Y 3°, Literal C) Del Decreto-Ley 1939 De 1986, La Superintendencia Bancaria Podrá Establecer Requisitos Técnicos De Carácter General Conforme A Los Cuales Se Entenderán Aprobadas Las Tarifas; Para Este Propósito Considerará La Naturaleza De Los Riesgos Y Las Prácticas Y Experiencia Del Mercado Local De Seguros

Decreto 1687 de 1990 · por el cual se dictan normas en materia de autorización de pólizas y tarifas de seguros por parte de la Superintendencia Bancaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos de los artículos 20 de la Ley 105 de 1927 y 3°, literal c) del Decreto-ley 1939 de 1986, la Superintendencia Bancaria podrá establecer requisitos técnicos de carácter general conforme a los cuales se entenderán aprobadas las tarifas; para este propósito considerará la naturaleza de los riesgos y las prácticas y experiencia del mercado local de seguros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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