Ejecutoriada la providencia que dicte el Gobierno, sus efectos permanecerán en suspenso durante los seis (6) meses siguientes. Vencido el término de que trata el inciso anterior, el Ministerio, si no posee información oficial al respecto, solicitará de la Sala Civil de Única instancia de la Corte Suprema de Justicia un Certificado en que conste si alguna de las personas que tengan interés en el asunto, ha pedido su revisión. Si se ha solicitado la revisión, el certificado se agregará al expediente y la resolución no podrá cumplirse sino en el caso de que la Sala Civil antes mencionada de la Corte Suprema niegue la revisión pedida. Si la revisión no se solicitó oportunamente, el Ministerio enviará, original, la Resolución administrativa al Registrador del Círculo que corresponda para que la inscriba en los libros respectivos. A la resolución se acompañará un certificado en que se ordene la cancelación del registro de la escritura o escrituras vigentes en el momento de declarar la extinción del dominio privado sobre la zona declarada baldía. Hechos el registro y cancelación a que se refieren los incisos anteriores, el terreno afectado por la extinción del dominio adquirirá el carácter de baldío y sólo entonces podrá ser ocupado por colonos, dentro de las limitaciones y bajo las condiciones que señalen las leyes vigentes sobre la materia.
Decreto 59 de 1938 →Vigente
Artículo 35
Ejecutoriada La Providencia Que Dicte El Gobierno, Sus Efectos Permanecerán En Suspenso Durante Los Seis (6) Meses Siguientes
Decreto 59 de 1938 · Por el cual se reglamenta la Ley 200 de 1936, sobre régimen de tierras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.