º. Esta Decreto rige y tiene efectos fiscales a partir del primero (1º) de enero de 1972 y continúan modificando provisionalmente los Decretos números 541 de abril 15 de 1970 y 1764 de septiembre 21 de 1970. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 24 de 1972 →Vigente
Artículo 3
Esta Decreto Rige Y Tiene Efectos Fiscales A Partir Del Primero (1º) De Enero De 1972 Y Continúan Modificando Provisionalmente Los Decretos Números 541 De Abril 15 De 1970 Y 1764 De Septiembre 21 De 1970
Decreto 24 de 1972 · Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto número 70 de 1971, y del Decreto número 1148 del mismo año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.