Modifícanse los artículos 2 del Decreto 1060 de 1983 y 4 del Decreto 2813 de 1990, los cuales quedarán así: "Los gastos que demande el funcionamiento de las comisiones y el apoyo al desarrollo de la programación aprobada se harán con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación Nacional y/o el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y con donaciones o aportes recibidos de personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras".
Decreto 1623 de 1991 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1623 de 1991 · por el cual se modifican los Decretos 1060 de 1983 y 2813 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.