Micelio

Artículo 6

°

Decreto 18640822 de 1864 · sobre el modo de hacerse en las Aduanas el pago de los derechos de importación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.º Cuando el pago del 10 por ciento destinado a la subvención de Panama, o el del 25 por ciento en que son admisibles las libranzas jiradas por la Tesorería jeneral, no se hiciere en esta dase de documentos, te hará en dinero o en letras a favor de la Tesorería jeneral, según se ha dicho en el artículo 1°

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 18640822 de 1864