° Una vez que el Municipio de Puerto Colombia éntre en posesión de dicho acueducto, suministrará, gratuitamente, tanto al Ferrocarril como a las demás dependencias nacionales de dicho puerto, el agua que necesiten para los servicios que tengan allí establecidos o que se establezcan.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.