Micelio

Artículo 1.6.1.2.31

Términos Para Resolver

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Términos para resolver. Una vez presentada en debida forma la solicitud, la actualización del Registro Único Tributario (RUT) será decidida. dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la formalización de la solicitud a través de los servicios en línea de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante acto administrativo que se notificará al interesado o a su apoderado, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario. Contra la resolución que decida la solicitud proceden el recurso de reposición y en subsidio de apelación, de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Parágrafo 1

Cuando la orden de cancelación del Registro Único Tributario (RUT) de oficio provenga de autoridad en ejercicio de funciones jurisdiccionales, esta se cumplirá de manera inmediata, según los términos prescritos por la misma.

Parágrafo 2

Lo dispuesto en este artículo no aplica para la actualización del Registro Único Tributario (RUT) por cese de las actividades sujetas al Impuesto sobre las Ventas (IVA) de que trata el artículo 614 del Estatuto Tributario, el cual se regirá por lo dispuesto en el artículo 1.6.1.2.14. de este decreto o el que lo modifique, adicione o sustituya.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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