En relación con la actividad que se reglamenta, el Ministerio de Minas y Energía, ejercerá las siguientes funciones
Expedir reglamentos sobre el transporte, la distribución y el suministro de gas natural;
Vigilar el cumplimiento de las normas sobre transporte, distribución y suministro de gas natural;
Seleccionar, previo el trámite establecido en este Decreto, el proponente, así como expedir la resolución que fije el plazo para presentar los estudios técnicos definitivos y celebrar el contrato de concesión;
Coordinar con las diferentes entidades oficiales y particulares la adopción de medidas para el transporte, distribución y suministro de gas natural;
Expedir los reglamentos que la Interventoría deba cumplir;
Supervigilar, directamente o a través de la Interventoría, la ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato de concesión;
Expedir el reglamento de operación y servicio;
Autorizar por escrito y previamente, la cesión que de las solicitudes, propuestas o contratos hagan los interesados.