Micelio

Artículo 5

El Instituto Colombiano De Comercio Exterior-Incomex-, Proporcionará A Los Asesores Permanentes A Que Se Refiere El Artículo Primero Del Presente Decreto, Las Oficinas Respectivas, Y Previa Autorización Del Director Del Instituto, El Personal Administrativo, La Infraestructura Técnica Y La Información Que Les Permita Cumplir A Estos Asesores Las Funciones Señaladas En El Parágrafo Del Artículo 59 De La Ley 81 De 1988, Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Artículo 31 De Esta Ley

Decreto 1078 de 1989 · por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 59 de la Ley 81 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Instituto Colombiano de Comercio Exterior-Incomex-, proporcionará a los Asesores Permanentes a que se refiere el artículo primero del presente Decreto, las oficinas respectivas, y previa autorización del Director del Instituto, el personal administrativo, la infraestructura técnica y la información que les permita cumplir a estos Asesores las funciones señaladas en el

Parágrafo

del artículo 59 de la Ley 81 de 1988, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 31 de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1078 de 1989