° Los nombramientos correspondientes al personal enumerado en el artículo anterior, los hará el Ingeniero Director por medio de resoluciones que necesitarán para su validez de la aprobación del Ministro de Obras Públicas, con excepción del de Ingeniero Director, que lo hará el Gobierno.
Decreto 1969 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Los Nombramientos Correspondientes Al Personal Enumerado En El Artículo Anterior, Los Hará El Ingeniero Director Por Medio De Resoluciones Que Necesitarán Para Su Validez De La Aprobación Del Ministro De Obras Públicas, Con Excepción Del De Ingeniero Director, Que Lo Hará El Gobierno
Decreto 1969 de 1959 · Por el cual se crea la Dirección de las obras de construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal de Occidente, sector Medellín-Tarazá-Caucasia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.