º Cuando se reúnan las condiciones señaladas en el artículo 2º de este Decreto, los deudores por concepto de importación de materias primas incluídas en la lista del mercado intermedio, tendrán derecho a que, al utilizar certificados de cambio para cubrir sus obligaciones provenientes del indicado concepto, el Banco de la República les entregue a nombre del Estado la cantidad de $ 4.50 por cada dólar de los Estados Unidos de América, en documentos de deuda pública del 8% anual y de amortización gradual en diez (10) años.
Decreto 2422 de 1965 →Vigente
Artículo 1
Cuando Se Reúnan Las Condiciones Señaladas En El Artículo 2º De Este Decreto, Los Deudores Por Concepto De Importación De Materias Primas Incluídas En La Lista Del Mercado Intermedio, Tendrán Derecho A Que, Al Utilizar Certificados De Cambio Para Cubrir Sus Obligaciones Provenientes Del Indicado Concepto, El Banco De La República Les Entregue A Nombre Del Estado La Cantidad De $ 4
Decreto 2422 de 1965 · Por el cual se dictan unas medidas sobre pago de materias primas importadas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.