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Artículo 1

Del Decreto Número 2222 De 1958, Constará De Cuatro (4) Miembros Versados En Transporte, Los Cuales Serán Designados Por El Ministerio De Fomento

Decreto 1939 de 1959 · Por el cual se adiciona el artículo 1° del Decreto número 2222 de octubre de 1958

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . La Junta Asesora de la Superintendencia Nacional de Transportes, de que trata el artículo 1° del Decreto número 2222 de 1958, constará de cuatro (4) miembros versados en transporte, los cuales serán designados por el Ministerio de Fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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