Micelio

Artículo 2

Decreto 18690801 de 1869 · de 1.º de agosto de 1869, sobre liquidación jeneral de los Presupuestos de rentas i gastos para el servicio económico de 1869 a 1870.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Fíjanse en un millon ciento ochenta mil setecientos cincuenta pesos ($1.180,750) las cuotas que sobre los cómputos líquidos de algunas rentas, están afectas a la amortizacion de los capitales de la deuda nacional, durante el mismo año económico, segun la demostracion que se rejistra en el cuadro anexo al estado R, i cuyo estracto es como sigue : Deuda esterior antigua 61,875 Bienes nacionales (minas de Muzo). 14,000 Empréstito de 1863 (camino de Buenaventura) 64,875 Deuda interior (bonos flotantes Del 3 por 100) 1.040,00 1.180,75 Esta suma no representa apropiaciones hechas en el Presupuesto de gastos para el servicio económico de 1869 a 1870,sinó pagos que habrán de hacerse en virtud de los contratos, convenios i leyes de efectos permanentes, que arreglan el crédito público, para saldar en las porciones correspondientes las respectivas cuentas de empréstitos i suplementos. I se anota en el presente decreto a fin de que restándola de la suma Pasan $ 4.139,60 Vienen $ 4.139,60 que representa el total de los cómputos líquidos del Presupuesto de rentas, aparezca el monto de los recursos efectivamente disponibles para las atenciones del Presupuesto de gastos 1.180,750 $ 2.958,850

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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