Objeto. Las disposiciones del presente título tienen por objeto reglamentar las condiciones para la formulación, presentación, autorización, ejecución, cuantificación de la inversión y verificación de las obligaciones de hacer, como forma de pago de las contraprestaciones a que se refieren los artículos 13 de la Ley 1341 de 2009 y el parágrafo 3 del artículo 14 de la Ley 1369 de 2009.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.15.1. Objeto y ámbito de aplicación. Las disposiciones del presente título tienen por objeto establecer las reglas y condiciones para la formulación, presentación, aprobación, ejecución y verificación de las obligaciones de hacer como forma de pago de la contraprestación económica por el otorgamiento o renovación del permiso para el uso del espectro radioeléctrico, a cargo de los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, en los casos en que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones lo determine en los actos particulares correspondientes.
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