Ley 3 de 1958 · por la cual se organizan las Secretarías Generales de las honorables Cámaras Legislativas y sus dependencias; las Comisiones Constitucionales Permanentes; se crean los cargos necesarios y se fijan sus asignaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Corresponde a cada una de las Cámaras el nombramiento y remoción del Secretario General, del Subsecretario, del Secretario Auxiliar y del Habilitado Pagador respectivo. Cada Comisión Constitucional Permanente elegirá su correspondiente personal de Secretaría.
Parágrafo
Para poder tomar posesión de sus cargos los Secretarios, las Comisiones Constitucionales deberán acreditar que tienen un conocimiento especializado de las principales materias que a la Comisión respectiva corresponden.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.