Micelio

Artículo 7

º

Decreto 2180 de 2006 · por el cual se reglamenta el artículo 71 de la Ley 962 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Del presupuesto financiero del proyecto . El presupuesto financiero se expresará en moneda legal colombiana y deberá contener, por lo menos lo siguiente

a)

Información General: Nombre o razón social e identificación de la persona natural o jurídica que ejecutará el plan o proyecto de vivienda, denominación del plan o proyecto; ubicación o dirección del inmueble; área total del lote; área de construcción autorizada; número y modalidad de unidades autorizadas, tales como, casas, apartamentos y lotes urbanizados, entre otros;

b)

Información de costos: Precio del lote, total estimado de los costos financieros directos e indirectos, gastos de venta y estimativo del valor total del costo del proyecto;

c)

Información de Ventas: Valor estimado de venta;

d)

Financiación: Señalamiento de los recursos con los cuales se cubrirá la totalidad de los costos y de su origen; tales como recursos propios, créditos, recaudo por ventas del proyecto y otros recursos, con sus correspondientes soportes contables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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