Fondo Nacional de Turismo (Fontur). El Fondo Nacional de Turismo, creado por el artículo 42 de la Ley 300 de 1996, modificado por los artículos 8° de la Ley 1101 de 2006, 40 de la Ley 1450 de 2011 y 21 de la Ley 1558 de 2012, es una cuenta especial, constituida como patrimonio autónomo, con personería jurídica, cuya función principal es el recaudo, administración y ejecución de los recursos asignados por la ley, la cual se ceñirá a los lineamientos de la política de turismo definidos Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
(Ley 300 de 1996, artículo 42; modificado por la Ley 1101 de 2006, artículo 8°; Ley 1450 de 2011, artículo 40 y la Ley 1558 de 2012, artículo 21)