Se prohibe realizar experimentos con animales vivos, como medio de ilustración de conferencias en facultades de medicina, veterinaria, zootecnia, hospitales o laboratorios o en cualquier otro sitio dedicado al aprendizaje, o con el propósito de obtener destreza manual.
Los experimentos de investigación se llevarán a cabo únicamente en los laboratorios autorizados previamente por las autoridades del Ministerio de Salud Pública y el Decreto 1608 de 1978 en lo pertinente.
También se prohíbe el uso de animales vivos en los siguientes casos expresamente:
Cuando los resultados del experimento son conocidos con anterioridad;
Cuando el experimento no tiene un fin científico y especialmente cuando está orientado hacia una actividad comercial;
Realizar experimentos con animales vivos de grado superior en la escala zoológica al indispensable, según la naturaleza de la experiencia.