º Los organismos de la Rama Ejecutiva deberán suministrar a la comisión toda la información que ésta requiera. El Presidente de la República podrá crear los comités sectoriales consultivos que juzgue conveniente. Estos comités se integrarán con los funcionarios del nivel directivo del respectivo sector o sus delegados.
Decreto 1150 de 1989 →Vigente
Artículo 6
º Los Organismos De La Rama Ejecutiva Deberán Suministrar A La Comisión Toda La Información Que Ésta Requiera
Decreto 1150 de 1989 · Por el cual se crea la Comisión para la Reforma de la Administración Pública del Estado Colombiano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.