Micelio

Artículo 2

Decreto 244 de 1889 · Reformatorio del decreto número 77 de 1888, sobre contabilidad de la Hacienda nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo de pago se describirá cargando el respectivo Capítulo del Presupuesto y acreditando la caja por el valor pagado. Este artículo se comprobará con un recibo que dará el interesado, en el cual se debe consignar el número de la orden, el nombre del acreedor, la naturaleza del crédito, y el Departamento, capítulo y artículo del Presupuesto á que se imputa el gasto.

Queda en estos términos reformado el artículo 223 del decreto número 77 de 1888, sobre Contabilidad de la Hacienda nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 244 de 1889