Con miras a preservar los derechos fundamentales de los ciudadanos, sólo los miembros de la Fuerza Pública podrán realizar requisas físicas a las personas.
. Las empresas privadas de vigilancia deberán acreditar ante las autoridades competentes, y en especial ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la tenencia obligatoria de tecnología avanzada de seguridad como equipos detectores de metales y rayos X, entre otros, para cumplir con sus funciones en la vigilancia de aeropuertos, establecimientos comerciales de esparcimiento, edificios o locales públicos y privados. En ningún evento dichas requisas podrán realizarse mediante contacto físico.
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