Micelio

Artículo 8

El Presupuesto De Rentas Y Recursos De Los Establecimientos Públicos Está Compuesto Por: Rentas Propias, Apropiaciones O Préstamos Del Presupuesto Nacional Y Recursos Financieros, Los Cuales Se Definen De La Siguiente Manera; A) Rentas Propias

Decreto 3720 de 1986 · por el cual se liquida y expide el presupuesto de los establecimientos públicos nacionales para la vigencia fiscal de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El presupuesto de rentas y recursos de los establecimientos públicos está compuesto por: rentas propias, apropiaciones o préstamos del Presupuesto Nacional y recursos financieros, los cuales se definen de la siguiente manera

a)

Rentas propias. Son las recibidas en desarrollo de sus funciones o de actividades, asignadas por la ley.

b)

Apropiaciones o préstamos del Presupuesto Nacional. Son las partidas asignadas con carácter de transferencia, ayuda financiera, aportes de capital o préstamos del Presupuesto Nacional.

c)

Recursos financieros. Son los ingresos percibidos por el rendimiento del capital, venta o enajenación de activos, recursos del balance o empréstitos internos o externos debidamente .perfeccionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3720 de 1986