Componentes del Sistema. El Sistema de Control Interno se deberá dividir como mínimo en cinco (5) componentes integrados: - El ambiente de control. - Valoración de riesgo por la entidad. - Actividades de control. - Información y comunicación. - Monitoreo. Para lo anterior deberá observarse lo descrito en la normatividad vigente. Normas concordantes: Artículo 87 del Código de Comercio. Artículos 2.2.2.38.2.4., 2.2.2.38.5.1. y 2.2.2.38.6.7. del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015. Artículo 17A, numeral 8 del Decreto 1736 de 2020 modificado por el Decreto 1380 de 2021.
Artículo 2.3.2.2
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.