Micelio

Artículo 18

Quienes Tengan Asociación Profesional O Comunidad De Oficinas Con Miembros De La Junta Directiva O Con El Director O Sean Sus Consocios, Excepto En Sociedades Anónimas, Están Asimismo Inhabilitados Para Celebrar Los Actos Y Contratos Prohibidos A Aquéllos

Decreto 894 de 1978 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Club Militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quienes tengan asociación profesional o comunidad de oficinas con miembros de la Junta Directiva o con el Director o sean sus consocios, excepto en Sociedades Anónimas, están asimismo inhabilitados para celebrar los actos y contratos prohibidos a aquéllos. Para los funcionarios expresados y los demás del Club, regirán las demás incompatibilidades e inhabilidades consagradas en la ley. CAPITULOIII PATRIMONIO Y RECURSOS, PRESUPUESTO Y CONTROL FISCAL

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 894 de 1978