Micelio

Artículo 1

Adóptase La Escala De Costo De Vida Establecida Por La Organización De Las Naciones Unidas Para Determinar El Monto De La Prima Diplomática Y Consular, Que A Partir De La Fecha De La Expedición De Este Decreto Se Denominará "prima De Costo De Vida" De Los Funcionarios Del Servicio Exterior Y Las Asignaciones Del Personal Administrativo De Las Embajadas, Misiones Permanentes Y Consulados De La República

Decreto 1234 de 1973 · Por el cual se modifican los Decretos 63 de 20 de enero de 1967 y 65 de 20 de enero de 1967 y se toman otras disposiciones en el servicio exterior

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adóptase la escala de costo de vida establecida por la Organización de las Naciones Unidas para determinar el monto de la prima diplomática y consular, que a partir de la fecha de la expedición de este Decreto se denominará "Prima de Costo de vida" de los funcionarios del servicio exterior y las asignaciones del personal administrativo de las Embajadas, Misiones Permanentes y Consulados de la República.

Parágrafo

El Ministerio de Relaciones Exteriores revisará, por lo menos una vez al año, esta escala, exclusivamente basado en las modificaciones establecidas por las Naciones Unidas en la escala mencionada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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