Inventario de procesos judiciales y reclamaciones de carácter laboral y contractual. El Liquidador de Corelca S. A. E.S.P., en Liquidación deberá presentar al Ministerio del Interior y de Justicia, o quien haga sus veces, dentro de los tres (3) meses siguientes a su posesión, un inventario de todos los procesos judiciales y demás reclamaciones en las cuales sea parte la entidad, el cual deberá contener la información que establezca el Ministerio del Interior y de Justicia.
El archivo de procesos y de reclamaciones y sus soportes correspondientes, serán entregados al Ministerio del Interior y de Justicia, o quien haga sus veces, debidamente inventariado con una técnica reconocida para tal fin, conjuntamente con una base de datos que permita la identificación adecuada y con estricta observancia de los criterios técnicos establecidos por el Archivo General de la Nación.
Con el propósito de garantizar la adecuada defensa del Estado, el Liquidador de Corelca S. A. E.S.P., en Liquidación, como representante legal de la misma, continuará atendiendo, dentro del proceso de liquidación y hasta tanto se efectúe la entrega de los inventarios, conforme a lo previsto en el presente decreto, los procesos judiciales y demás reclamaciones en curso o los que llegaren a iniciarse dentro de dicho término.