Micelio

Artículo 20

Corresponde A La Comisión Conceptuar Sobre Los Asuntos Que Someta A Su Consideración La División De Asuntos Jurídicos Relacionados Con: A) Las Circunstancias De Fuerza Mayor Que Los Peticionarios Expongan Como Justificación Para La No Presentación De Alguno De Los Documentos Que De Conformidad Con El Presente Decreto Deben Allegarse; B) Los Casos En Los Cuales No Se Tenga Certeza Sobre La Conveniencia De Otorgar La Carta De Naturaleza O La Autorización De Inscripción; C) La Calificación De Los Servicios De Que Trata El Artículo 8º De La Ley

Decreto 2247 de 1983 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 22 Bis de 1936, se crea la Comisión para Asuntos de Nacionalidad y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Comisión conceptuar sobre los asuntos que someta a su consideración la División de Asuntos Jurídicos relacionados con

a)

Las circunstancias de fuerza mayor que los peticionarios expongan como justificación para la no presentación de alguno de los documentos que de conformidad con el presente Decreto deben allegarse;

b)

Los casos en los cuales no se tenga certeza sobre la conveniencia de otorgar la carta de naturaleza o la autorización de inscripción;

c)

La calificación de los servicios de que trata el artículo 8º de la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2247 de 1983