Micelio

Artículo 7

Modifícase El Artículo 14 Del Decreto 2788 De 2004, El Cual Queda Así: " Artículo 14

Decreto 2645 de 2011 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2788 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el artículo 14 del Decreto 2788 de 2004, el cual queda así: " Artículo 14. Prueba de inscripción, actualización, suspensión o cancelación en el Registro Único Tributario, RUT. Constituye prueba de la inscripción, actualización, suspensión o cancelación en el Registro Único Tributario, el documento que expida la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o las entidades autorizadas, que corresponde a la primera hoja del formulario oficial previamente validado, en donde conste la leyenda correspondiente a su estado. La calidad que el inscrito manifieste en el momento de realizar sus operaciones, deberá figurar en el Registro Único Tributario, RUT, correspondiente. Para todos los efectos legales será válida la entrega de fotocopia del documento a que se refiere el inciso anterior, como prueba de la inscripción, actualización, suspensión o cancelación en el Registro Único Tributario. Cuando por disposiciones especiales se exija comprobación de inscripción en el Registro Nacional de Vendedores o en el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios, la misma se acreditará con el documento a que se refiere el presente artículo. Cuando la inscripción se encuentre suspendida o cancelada, así se dará a conocer en el formulario, en los demás eventos aparecerá la leyenda 'Certificado'".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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