Micelio

Artículo 66

Contenedores Con Carg A

Decreto 550 de 1981 · por el cual se aprueban las tarifas para los Servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia "COLPUERTOS" y los derechos de Operación de Muelles Privados.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenedores con carg a. Los contenedores con carga serán considerados para todos los efectos como embalaje y por lo consiguiente no originaran ningún cargo adicional a los establecidos a los cargamentos. Cuando el contenedor con carga haya sido vaciado se aplicaran los conceptos tarifarios señalados en los artículos 63, 64 y 65 de este estatuto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 550 de 1981