Micelio

Artículo 1

La Partida Apropiada En El Presupuesto Vigente Para Los Estudios Y Proyectos De La Obra De Reconstrucción De La Ciudad De Bolívar, En El Departamento Del Cauca, Se Entregará A Dicho Municipio Para Que, De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Y Reglamentarias Vigentes Sobre El Fondo De Fomento Municipal, Y Previa Celebración Del Contrato Respectivo, La Entrega A Dicho Fondo Como Aporte Municipal Para La Construcción Del Alcantarillado Y Hospital De La Población

Decreto 2177 de 1943 · Por el cual se reglamenta la inversión de una partida apropiada en el Presupuesto vigente con destino a los estudios y proyectos de las obras de reconstrucción de la ciudad de Bolívar en el Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La partida apropiada en el Presupuesto vigente para los estudios y proyectos de la obra de reconstrucción de la ciudad de Bolívar, en el Departamento del Cauca, se entregará a dicho Municipio para que, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre el Fondo de Fomento Municipal, y previa celebración del contrato respectivo, la entrega a dicho Fondo como aporte municipal para la construcción del alcantarillado y hospital de la población.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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