Micelio

Artículo 3

Decreto 964 de 1962 · Por el cual se hace la distribución de una partida para la Sección de Alfabetización y Educación Fundamental del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Los auxilios para las Escuelas de Alfabetización ubicadas en los Territorios Escolares, serán enviados a los respectivos Prefectos o Vicarios Apostólicos; los correspondientes a los maestros de las Escuelas Parroquiales, serán enviados a los Párrocos de la correspondiente localidad, previo certificado de funcionamiento del plantel expedido por la primera autoridad del lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 964 de 1962