Micelio

Artículo 121

De La Constitución Y De Lo Preceptuado En Los 182 Y 231 A 234 Del Código Penal, Sin Perjuicio De La Responsabilidad Criminal En Que Han Incurrido Los Autores, Cómplices Y Auxiliadores Del Referido Delito

Decreto 61 de 1901 · Por el cual se regulariza la circulación de los billetes de cincuenta pesos ($ 50), fabricados en la litografía de Otto Schroeder

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2°. Para indemnizar al Tesoro público del perjuicio que le ocasiona el reconocimiento que por el presente Decreto se ordena, el Gobierno procederá a imponer las contribuciones de guerra necesarias, al tenor de lo permitido en el artículo 121 de la Constitución y de lo preceptuado en los 182 y 231 a 234 del Código Penal, sin perjuicio de la responsabilidad criminal en que han incurrido los autores, cómplices y auxiliadores del referido delito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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