Micelio

Artículo 29

Decreto 41 de 1905 · Por el cual se hacen varias promociones en el Ramo de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 29. Queda facultado el Gobierno para introducir ó permitir la introducción de cigarrillos con las condiciones reglamentarias que crea necesarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 41 de 1905