Micelio

Artículo 5

Decreto 3690 de 2004 · por el cual se reglamenta el artículo 54 de la Ley 715 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Comité de Seguimiento y Condonación . El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de la Protección Social y el Departamento Nacional de Planeación - DNP constituirán un Comité de Seguimiento y Condonación, cuyos miembros serán designados por los Ministros y el Director del DNP, respectivamente. Este Comité, de tres miembros, será responsable de determinar el cumplimiento anual de los indicadores y metas contenidas en las matrices de condonabilidad que harán parte integral de los Convenios de Desempeño de que trata el presente decreto. La verificación del cumplimiento de indicadores, metas y los resultados de la misma, los efectuará el Comité, como mínimo tres (3) meses antes de la exigibilidad de la respectiva cuota a condonar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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