Micelio

Artículo 69

Los Saldos Que Al Finalizar La Vigencia Queden Como Sobrantes No Comprometidos, Serán Incorporados En El Presupuesto Del Fondo Del Año Siguiente

Decreto 133 de 1976 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los saldos que al finalizar la vigencia queden como sobrantes no comprometidos, serán incorporados en el presupuesto del Fondo del año siguiente. La organización y el manejo del Fondo se reglamentarán por el Gobierno Nacional. B. DEL FONDO DE BIENESTAR VEREDAL.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 133 de 1976