Micelio

Artículo 237

Uso Ilegítimo De Patentes

Decreto 100 de 1980 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 237. Uso ilegítimo de patentes. El que fabrique producto sin autorización de quien tiene el derecho protegido legalmente, o use sin la debida autorización medio o proceso patentado, incurrirá en prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años y multa de veinte mil a quinientos mil pesos. En la misma pena incurrirá el que introduzca al país o saque de él, exponga, ofrezca en venta o enajene, producto fabricado con violación de patente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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