° El presente Decreto será publicado en la forma prevista por el artículo 3° de la Ley 7ª de 1944. Comuníquese y publíquese.
Decreto 863 de 1945 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Será Publicado En La Forma Prevista Por El Artículo 3° De La Ley 7ª De 1944
Decreto 863 de 1945 · Por el cual se promulga un Tratado de Comercio y su Convención, celebrado entre Colombia y el Ecuador
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.