Micelio

Artículo 36

Cuando Le Sea Concedida Licencia A Un Empleado De Manejo, Podrá Dejar Un Reemplazo Bajo Su Responsabilidad, Con La Aprobación De La Autoridad Encargada De Conceder La Licencia; En Este Caso El Titular Y Su Reemplazo Son Solidariamente Responsables Por Las Faltas Que Éste Último Pueda Cometer, Con Sujeción A Las Normas Fiscales

Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando le sea concedida licencia a un empleado de manejo, podrá dejar un reemplazo bajo su responsabilidad, con la aprobación de la autoridad encargada de conceder la licencia; en este caso el titular y su reemplazo son solidariamente responsables por las faltas que éste último pueda cometer, con sujeción a las normas fiscales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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