Del presupuesto de los recursos administrados. En materia presupuestal la ADRES se asimila a una Empresa Industrial y Comercial del Estado, y en este sentido se regirá por el Estatuto Orgánico del Presupuesto para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y lo establecido en el Título 3 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 y las demás normas que los modifiquen o sustituyan.
En razón de la destinación específica de los recursos del SGSSS que administra la ADRES, los excedentes financieros generados en cada vigencia se incorporarán en la siguiente vigencia fiscal.
La estructuración del presupuesto de gastos se hará por conceptos, dando prioridad al componente de aseguramiento en salud de la población del país. La ADRES estructurará y ejecutará los recursos administrados en un presupuesto separado del presupuesto de los recursos para su funcionamiento.
Del presupuesto de recursos administrados se transferirán mensualmente y de acuerdo con el PAC de recursos de funcionamiento, los recursos necesarios para atender los pagos de los gastos requeridos para el desarrollo del objeto de la ADRES. Una vez definidos los compromisos y las obligaciones pendientes de pago al final del período fiscal, la Unidad de Recursos Administrados (URA) transferirá mensualmente, con fundamento en el PAC, los recursos necesarios para cumplir con los mismos.
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