Si en el Presupuesto de la próxima vigencia no quedare incluida partida especial para darle cumplimiento a esta Ley, o la que se apropiare fuere insuficiente para cumplirla en su totalidad, el Gobierno podrá abrir el crédito necesario para atender el gasto urgente que ella demanda.
Ley 165 de 1936 →Vigente
Artículo 4
Ley 165 de 1936 · por la cual se concede un auxilio a los damnificados por los incendios de Balboa (Caldas), Tuluá (Valle), Puerto Salgar (Cundinamarca), y Regidor (Bolívar)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.