Micelio

Artículo 8

De Las Operaciones Activas De Crédito Y Pasivas Y Demás Servicios Financieros

Ley 2177 de 2021 · Por medio de la cual se expiden normas para que el sector minero colombiano acceda a los servicios del Sistema Financiero y Asegurador Nacional, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones contenidas en la presente ley regirán el acceso por parte de los sujetos contemplados en el artículo 2 de esta ley a los servicios financieros que presta el sistema financiero y asegurador y demás entidades de productos y servicios financieros vigiladas por la Superintendencia Financiera y/o por la Superintendencia de Economía Solidaria, a través de los contratos mercantiles reglamentados en los artículos 1036 al 1162, 1163 al 1169, 1226 al 1244 y 1382 al 1425 del Código de Comercio, y todas aquellas operaciones activas de crédito y pasivas reglamentadas en la Parte I, Título II y III , Parte II , Título I, Capítulos 1, 2, 3, 4 y 5, Título II, Capítulos 1, 3 y 4, Título IV, Capítulos 1, 2, 3 y 4 de la Circular Básica Jurídica No. 029 de 2014 expedida por Superintendencia Financiera de Colombia, y demás normas legales que sean aplicables para la prestación de servicios financieros conforme a lo previsto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero - Decreto Ley 663 de 1993 o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.

DEL ANÁLISIS DE RIESGOS DEL SECTOR MINERO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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