Micelio

Artículo 100

Proceso De Lavado De Envases Reutilizables

Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Proceso de lavado de envases reutilizables. Para el lavado de los envases reutilizables deberá observarse, por lo menos el siguiente procedimiento

a)

Enjuague por inmersión en agua caliente, por lo menos a 85ºC.;

b)

Baño por inmersión en solución de sustancias o compuestos químicos aprobados por el Ministerio de Salud para garantizar la remoción de partículas contaminantes;

c)

Atomización de solución de sustancias o compuestos químicos aprobados por el Ministerio de Salud

d)

Atomización de agua caliente para remover residuos de la solución utilizada;

e)

Atomización de solución desinfectante aprobada por el Ministerio de Salud.

Parágrafo

El lavado de los envases reutilizables deberá realizarse inmediatamente antes de su utilización e inspeccionarse, con el objeto de eliminar aquellos que puedan constituir algún riesgo de contaminación del producto que en él se envase o para el consumidor. CAPITULO VI. Del transporte de la leche y su expendio

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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